PAC 2022

Art. 22.- Plan Anual de Contratación

Las Entidades Contratantes, para cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, sus objetivos y necesidades institucionales, formularán el Plan Anual de Contratación con el presupuesto correspondiente, de conformidad a la planificación plurianual de la Institución, asociados al Plan Nacional de Desarrollo y a los presupuestos del Estado.

 

El Plan será publicado obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante dentro de los quince (15) días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal COMPRASPUBLICAS. De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso.

 

El contenido del Plan de contratación y los sustentos del mismo se regularán en el Reglamento de la presente Ley.

  • Plan Anual de Contratación
    • Resolución de Aprobación del PAC 2022
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    • Detalle de Plan Anual de Contratación 2022
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